Auditoría a Comunidades de Edificios y Propietarios: Ley 21.442 Chile

Auditoría y Asesoría Contable

Jul 23, 2022

La Auditoría a Comunidades de Edificios y propietarios no es más que una revisión de todos los ingresos y gastos durante un cierto período de tiempo. Antes de administrar una auditoría, recomendamos que la comunidad solicite una revisión de los documentos existentes.

Por otro lado, es importante señalar que, la nueva ley 21.442 de copropiedad inmobiliaria trae una serie de cambios, entre ellos las obligaciones financieras. Esto con el fin de lograr estados de cuenta mensuales precisos. Y, así ahorrarse los problemas de dinero tediosos en el pasado, cumpliendo responsabilidades civiles y penales, frente a cada miembro de un comité.

En cualquier actividad administrativa es común y hasta normal tener errores por omisiones o procesos mal implementados, esto generalmente se debe a falta de entendimiento. Sin embargo, también puede haber una intención maliciosa por parte de su administrador. Desafortunadamente, cuando estos errores no se detectan de manera oportuna en su Comunidad, todos los copropietarios corren el riesgo de pérdidas de dinero y/o multas que pueden ascender a millones.

A continuación, vamos a dar respuestas a ciertas preguntas frecuentes respecto a los cambios de esta nueva ley de copropiedad relacionado con la gestión administrativa. Asimismo, todo lo que tenga relación con la Auditoría a Comunidades de Edificios. Presta mucha atención, y si tienes otras dudas, puedes contactarnos o dejarnos tu comentario.

¿Qué comprende la Auditoría a Comunidades de Edificios y Propietarios?

La Auditoría Comunidades de Edificios es distinta, por ejemplo, a la de empresas. El cual debe ser realizada por expertos en la materia, auditores contables. Si debes auditar un Condominio, somos la mejor opción para realizarlo. Nuestro equipo de expertos Contadores y Auditores en Auditoría para Condominios estarán dispuestos para el Administrador, el Comité de Administración y la Asamblea.

La Auditoría a Comunidades de Edificios comprende el área de las Finanzas, Recursos Humanos y la Auditoria Legal y Técnica. auditoría a comunidades de edificios y propietarios

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auditoría a comunidades de edificios y propietarios

El área de las finanzas en comunidades de edificios se debe verificar el cálculo de los gastos comunes. Asimismo, la asignación de todas las unidades según lo establecido en el registro de la propiedad, fondo de reserva u otros fondos regulados. Además, se debe analizar todos los recibos de egresos, boletas, facturas y extractos bancarios. Así como también, se debe revisar el estado en SII, declaraciones mensuales y anuales, pago de retenciones.

Con respecto a los recursos humanos, se deben revisar la compensación de los empleados y los contratos de trabajo. Asimismo, se revisan los archivos adjuntos, declaraciones de liquidación, cartas de despido y mediación. Además, se debe revisar los libros de asistencia, planillas de turnos, capacitaciones vigentes de OS10 en caso de que corresponda. auditoría a comunidades de edificios y propietarios

Por último, con respecto a la Auditoria Legal y Técnica se verifica nuevamente que las condiciones de la comunidad estén respaldadas por la Ley 21.442. Asimismo, se verifica el efecto de la asamblea general de accionistas, la asamblea del directorio, reglamentos de copropiedad, sanciones y reglamentos. Así como también, se verifican los contratos de mantenimiento, certificaciones de gas, ascensores, áreas comunes y más.

¿Qué modificaciones trajo la ley 21.442 respecto a la administración de condominios?

La nueva ley de copropiedad inmobiliaria 21.442 trajo varias modificaciones el cual los condominios deben adecuarse a este nuevo reglamento. Pero los más principales respecto a las auditorias o en el área de administración el cual deben estar en regla son los siguientes:

  • Registro Nacional de Administradores de Condominios,
  • Secretaría Ejecutiva de Condominios,
  • Cambios en la composición del Comité de Administración,
  • Obligaciones para el desarrollador inmobiliario,
  • Creación de un Fondo Operacional Inicial,
  • Ampliación del Fondo de Reserva.

¿Qué contemplan el proceso de la Auditoría Comunidades de Edificios?

Se procede hacer un estudio con nuestros expertos auditores, en donde se reciben los documentos, para realizar la respectiva revisión y análisis de los años auditar. Nuestro reconocimiento jurídico nos ha permitido formar equipo con Auditores de Arcó, expertos en Auditoría para Condominios. Auditorías integrales, por ejemplo, cuando faltan dineros y rendiciones de cuentas en comunidades. auditoría a comunidades de edificios y propietarios

Dentro del servicio que ofrecemos comprende lo siguiente:

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  • Revisión y filtro de información enviada por el cliente, según la pauta de documento solicitada por el Estudio.
  • Auditoría de los períodos que necesite el cliente.
  • Obtención de Informe de Auditoría, respaldada por el Estudio y el Contador Jefe.
  • Asesoría Jurídica en cuanto a la existencia de fondos por rendir.
  • Determinación de acciones jurídicas a seguir y en contra de cuáles responsables.
  • Además de los aspectos concernientes a Gestión, nuestro servicio contempla asesoría jurídica en materias de Derecho Inmobiliario, de Copropiedad, Derecho Laboral, Derecho Civil, Cobranza Judicial y otras áreas afines, en relación a la Auditoría realizada.

¿Es obligatorio tener un balance en las rendiciones de cuentas en la Administración de Condominios?

Si por supuesto, una de las novedades de esta nueva ley 21.442, es que en las sesiones ordinarias se celebrarán, a lo menos, una vez por año, oportunidad en la que la administración deberá dar cuenta documentada de su gestión. En donde entregará el balance de ingresos y egresos y pondrá a disposición de los copropietarios los verificadores de cada gasto efectuado. Además, deberá hacer entrega de una copia informada por el banco de todas las cuentas bancarias, cartolas de estas cuentas y respaldo de pago de las certificaciones y seguros contratados. auditoría a comunidades de edificios y propietarios

 Por lo tanto, el comité de administración someterá a votación de la asamblea la aprobación del balance presentado. En caso de observaciones por parte de los copropietarios, el administrador deberá responderlas en un plazo máximo de quince días corridos. Recibida la respuesta o vencido el plazo para hacerlo, el comité de administración deberá remitir los nuevos antecedentes a los copropietarios. Y, deberá citar a una nueva sesión ordinaria para votar la aprobación del balance, o bien, realizar la respectiva consulta por escrito. Esto conforme al inciso segundo del artículo 15 de la presente ley.

En nuestro estudio jurídico contamos con un equipo de profesionales atentos a cualquier consulta o solicitud al respecto a la redacción de documentos.

Asimismo, todo lo referente y asistencia total en todo el proceso. Somos especialistas en Gestoría Inmobiliaria en Chile, Condominios, Derecho de Copropiedad, Inmobiliario Asesoría Legal, si deseas realizar una consulta puedes comentarnos en este artículo o a través de nuestros medios de contacto.

Es nuestra responsabilidad mantener informada a la comunidad y es por ello que hemos dispuesto nuestros diferentes canales de comunicación. Puedes ver nuestros Webinar’s y videos en nuestra cuenta de YouTube y demás artículos. Contáctanos si necesitas asesoría legal y a la brevedad posible te atenderemos.

Si tienes alguna duda o consulta, puede dejarnos en comentario y a la brevedad posible uno de nuestros abogados le responderá con todo gusto.

Esperando este artículo sea de ayuda la comunidad, equipo de Arcó Abogados.

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Arcó Abogados, Especialistas en Copropiedad y Condominios

Escrito Por: SiberianCodes

Un equipo de respaldo

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