Ley de Copropiedad Inmobiliaria: Infracción de Vecinos

Condominios

Jun 3, 2020

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Existen ocasiones en los condominios que suelen presentarse problemas de convivencia con los vecinos, ya sea por falta de compromiso, incumplimiento de normas, entre otros. La ley de copropiedad inmobiliaria establece en el Art. 32 unas pautas a seguir para el bienestar de los copropietarios.

Al no cumplir lo establecido en la ley, el infractor deberá asumir la responsabilidad de las sanciones que se le dicten por el juez local competente.

Muchos copropietarios desconocen de los derechos que tienen, permitiendo el abuso de los demás copropietarios que incumplen las normativas. Es por ello, que en este articulo queremos informarte con bases legales que puedes denunciar los actos injustos que se comenten en tu condominio. Una vez que conozcas lo que establece dicha ley, podrás ejercer tus derechos y disfrutar a su vez de un ambiente agradable en el lugar que resides.

Los copropietarios no pueden ejecutar acto alguno que perturbe la tranquilidad del demás copropietario. Asimismo, actos que puedan comprometer la seguridad, salubridad y habitabilidad del condominio o de sus unidades. Además, no podrán provocar ruidos en las horas que ordinariamente se destinan al descanso. Y, por último, no deberán almacenar en las unidades materias que puedan dañar las otras unidades del condominio o los bienes comunes.

Ley de Copropiedad Inmobiliaria – ¿Cómo puedo denunciar a mi vecino?

Cada comunidad o edificio posee Ante cualquier infracción de un copropietario que no haya querido cooperar en el condominio por medio de avisos, debe dirigirse ante los juzgados de policía local correspondientes. Estos se sujetarán al procedimiento establecido en la ley Nº 18.287

Los tribunales estarán investidos de todas las facultades que sean necesarias, a fin de resolver las controversias presentadas entre los copropietarios y la administración.

¿Quién puede realizar la denuncia ante el juzgado?

Podrán denunciar estas infracciones, el Comité de Administración, el Administrador o cualquier persona afectada, dentro de los tres meses siguientes a su ocurrencia. Lo anterior, sin perjuicio de las indemnizaciones que en derecho correspondan. La administración del condominio podrá, a través de circulares, avisos u otros medios, dar a conocer a la comunidad los reclamos correspondientes.    

Serán responsables, solidariamente, del pago de las multas e indemnizaciones por infracción a las obligaciones de este artículo, el infractor y el propietario de la respectiva unidad, sin perjuicio del derecho de este último de repetir contra el infractor.

¿Qué sanción establece la ley de copropiedad Inmobiliaria?

La ley de copropiedad inmobiliaria establece en el Art. 32, que la infracción a lo prevenido en este artículo será sancionada con multa de una a tres unidades tributarias mensuales.

El tribunal podrá elevar al doble su monto en caso de reincidencia. Se entenderá que hay reincidencia cuando se cometa la misma infracción, aún si ésta afectare a personas diversas. A partir de, los seis meses siguientes a la fecha de la resolución del juez de policía local que condene al pago de la primera multa.

Como estudio jurídico, es nuestro deber velar que se cumplan los derechos de los copropietarios. Es por ello, que te ofrecemos nuestras asesorías legales, para que puedas conocer tus derechos y obligaciones. Evitando así, futuras sanciones y una buena convivencia en tu condominio.

Te invitamos a leer todos nuestros artículos, estaremos informando cada vez más todo sobre la Administración de Condominios y Derechos del Copropietario.

Esperando este artículo sea de ayuda la comunidad, equipo de Arcó Abogados.

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Arcó Abogados, Especialistas en Copropiedad y Condominios

Escrito Por: SiberianCodes

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