Proyecto de Ley Copropiedad Inmobiliaria: Sitios Rurales

Nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria

Abr 22, 2021

En esta oportunidad queremos hablar sobre que dice el Proyecto de Ley Copropiedad Inmobiliaria, que es muy esperada su avance y aprobación. En varias oportunidades hemos conversad sobre esta ley, pero es que se espera un cambio para la comunidad. Como bien hemos dicho, aunque mucho trate de hacer la nueva ley, la comunidad de condominios debe hacer su parte. Ya que, bien sabemos no del todo se cumple con lo establecido. Y, esto es para ambas partes, tanto para el comité de administración, como para los copropietarios.

¿Qué dice Proyecto de Ley Copropiedad Inmobiliaria sobre los sitios y condominios rurales?

De acuerdo al texto aprobado en cámara baja boletín (BOLETÍN N° 11.540-14). los diputados Kast y Jarpa reemplazaron la letra B del Título I DEL RÉGIMEN DE COPROPIEDAD INMOBILIARIA: por la siguiente:

Los condominios pueden estar emplazados en el área urbana y, excepcionalmente, en el área rural. Cuando se trate de proyectos de viviendas cuya construcción haya sido autorizada previamente conforme al artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. En ambos casos se requerirá, además, cumplir con las exigencias urbanas y de construcción y demás requisitos establecidos en esta ley para la constitución del régimen de copropiedad.

Respecto a los predios rústicos fueron claros, dejando establecido que, los predios rústicos divididos o subdivididos conforme al decreto ley N° 3.516, del Ministerio de Agricultura, de 1980, no podrán acogerse al régimen de copropiedad regulado en la presente ley.

¿Qué dice Proyecto de Ley Copropiedad Inmobiliaria sobre los sitios y condominios rurales?

En la sesión trataron el tema y artículos relacionados con los predios, en donde se agregó y aprobó por el senado el texto siguiente:

Los predios con edificaciones existentes o con proyectos de edificación aprobados, así como los predios con sitios urbanizados o con proyectos de urbanización para condominio tipo B aprobados. Con todo, en el caso de los predios con proyectos de edificación o de urbanización aprobados, para acogerse al régimen de copropiedad inmobiliaria se deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 136 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

Respecto de las obras de urbanización en el espacio público existente o afecto a utilidad pública. Y, además, la enajenación de las unidades solo podrá efectuarse una vez recepcionadas por la dirección de obras las obras de edificación y/o de urbanización de la unidad o sitio que se enajena.

Esto, sin perjuicio de que el certificado que declare el proyecto acogido al régimen de copropiedad inmobiliaria permita la reserva o suscripción de contratos de promesa de compraventa. Respecto de las unidades enajenables, siendo aplicable lo dispuesto en el artículo 138 bis de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

La Solicitud del Permiso para la ejecución de las Obras

Si al solicitar el permiso para la ejecución de las obras que contempla el condominio, el interesado informa que el proyecto posteriormente se acogerá al régimen de copropiedad inmobiliaria. El director de obras municipales no solo deberá verificar el cumplimiento de las normas urbanísticas aplicables, sino también el de las exigencias urbanas y de construcción contempladas en esta ley.

En el caso del inciso anterior, para extender posteriormente el certificado que acoge el proyecto al régimen de copropiedad inmobiliaria. El director de obras únicamente deberá verificar el cumplimiento de las exigencias relacionadas con la reducción a escritura pública e inscripción del primer reglamento de copropiedad. Sin perjuicio de la revisión que habrá de efectuar respecto de la existencia del plan de emergencia y del cumplimiento del respectivo permiso, para otorgar la recepción definitiva de las obras.

Conclusión

Es importante resaltar en esta oportunidad que, respecto a los predios rústicos en la actual ley de copropiedad, no quedaba claro lo establecido y no eran tomados en cuenta por así decirlo. Para poder acogerse al régimen de copropiedad. Con este Proyecto de Ley Copropiedad Inmobiliaria podemos tener una legislación mas acertada y clara a lo que los predios rústicos comprenden. Una respuesta que por mucho tiempo se esperaba.

Seguimos atentos a cualquier novedad y aprobación que el senado este manifestando para poder hacerles llegar la información como se debe. Agradecemos su tiempo de poder haber leído nuestro articulo para mantenerse informado sobre lo que el proyecto de ley nos prepara.

Asesoría Legal

En nuestro estudio jurídico contamos con un equipo de profesionales atentos a cualquier consulta o solicitud al respecto a la redacción de documentos. Asimismo, todo lo referente y asistencia total en todo el proceso. Somos especialistas en Condominios, Derecho de Copropiedad, Inmobiliario Asesoría Legal, si deseas realizar una consulta puedes comentarnos en este articulo o a través de nuestros medios de contacto.

Es nuestra responsabilidad mantener informada a la comunidad y es por ello que hemos dispuesto nuestros diferentes canales de comunicación. Puedes ver nuestros Webinar’s y videos en nuestra cuenta de YouTube y demás artículos. Contáctanos si necesitas asesoría legal y a la brevedad posible te atenderemos.

Si tienes alguna duda o consulta, puede dejarnos en comentario y a la brevedad posible uno de nuestros abogados le responderá con todo gusto. Somos un estudio jurídico comprometido con la comunidad de Condominios.

Esperando este artículo sea de ayuda la comunidad, equipo de Arcó Abogados.

condominio-
Arcó Abogados, Especialistas en Copropiedad y Condominios

Escrito Por: SiberianCodes

Un equipo de respaldo

Sed vel molestie tortor. Pellentesque orci lectus, convallis at purus ut, luctus sollicitudin tellus.

Artículos relacionados

Últimas novedades

¿Qué es una cesión de derechos y qué conlleva esta práctica legal?

¿Qué es una cesión de derechos? La cesión de derechos se define como un concepto fundamental dentro del ámbito legal, este se refiere a la transferencia de derechos por medio de un contrato, en donde una persona (llamada cedente), otorga a otra persona, (llamada cesionario), los derechos que el cedente tiene sobre un bien o sobre un derecho.

¿Qué es una Promesa de Compraventa? Guía completa 2024

La promesa de compraventa es un aspecto fundamental en el mundo legal, especialmente en el ámbito inmobiliario. En este artículo, te explicaremos en profundidad qué es una promesa de compraventa, cómo funciona en Chile, qué implicaciones tiene el contrato de promesa de compraventa y cuándo vence este acuerdo crucial.

Los más populares

Escribe a Recepción